En seis meses, 215 procesos sancionatorios
Cartagena de Indias, D.T.y.C., 9 de julio de 2008, PRENSA IPCC
En los primeros seis meses de gestión el IPCC ha abierto 215 procesos sancionatorios por violar normas urbanísticas (94), avisos no ajustados a la norma (109) y 10 procesos más que estaban estancados en el gobierno pasado.
En la actualidad se han sancionado a 23 establecimientos comerciales por violar las normas establecidas para la instalación de avisos publicitarios en las fachadas de los inmuebles del Centro Histórico.
Las sanciones se aplicaron a los propietarios de los establecimientos, dentro de una campaña que adelanta personal especializado de la División de Patrimonio del IPCC para frenar el abuso de los comerciantes con la instalación vallas y avisos que infringen las normas arquitectónicas establecidas por el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Cartagena.
Los propietarios de estos negocios fueron llamados a descargos previamente para que se ajustaran a la norma, pero no lo hicieron, razón por la cual se les abrieron procesos sancionatorios que derivaron en sanciones económicas que para estos casos son de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes ($923.000) y la obligación de retirar de inmediato los avisos violatorios.
No todos continúan violando las normas: otras 25 personas a las que se les llamó a descargos por desacatar la norma se acogieron a las disposiciones del POT y cambiaron sus avisos por otros de dimensiones y materiales permitidos. La mayoría de quienes hasta ahora se han acogido a la norma tienen sus locales comerciales en calles como la de La Moneda y Segunda de Badillo.
Cerramientos preventivos y descargos
Casa de El Virrey. Calle El Tejadillo cra. 6 No. 38-64. El proyecto ejecutado tiene más altura que el proyecto aprobado, lo que se presenta como una sobre elevación. Se ordenó la suspensión provisional de la obra mediante Resolución 043 del 27 de junio de 2008.
Casa del Tejadillo. Se selló cuando estaba ejecutando, se pidió presentar nuevamente a comité técnico de patrimonio porque había sido aprobada con tres pisos en la parte posterior, y en apelación se le quitó el tercer piso. La obra tiene dos modificaciones diferentes al proyecto aprobado en lo realizado sobre la cubierta plana pues se construyó un elemento en mampostería en la azotea con carácter de piscina o jacuzzi. Está afectando también servidumbres de vista. Se ordenó la suspensión de la obra mediante resolución 040 del 23 de junio de 2008.
Casa Portal Del Baluarte. Getsemaní, calle Larga con Calle de Las Palmas Esquina no. 10 C - 03. Fue suspendida en marzo de 2008. Como quiera que las obras se continuaron ejecutando, violando la orden de suspensión, se ordenó mediante Resolución del 13 de junio de 2008 una sanción por 60 salarios mínimos y se les concede un término de tres (3) meses para presentar para evaluación del Comité Técnico de Patrimonio las obras que no habían sido aprobadas.
Edificio Balcones de San Pedro. Centro, Calle Vélez Daníes no. 4 – 31. De acuerdo con el informe del arquitecto asesor del IPCC se constataron modificaciones que no fueron incluidas en los planos aprobados, como modificaciones de la distribución interna, del punto fijo del ascensor y construcción de un sexto piso. El 20 de junio se citó a descargos al ingeniero responsable de la obra. Se ordenó suspensión de la obra y se llamó a descargos al arquitecto responsable.
Patios de San Diego. San Diego, Calle del Camposanto no 9 - 74. Se encontró una sobre elevación en la fachada. Mediante resolución 041 del 24 de junio de 2008, se ordenó citar a descargos al arquitecto responsable.
Restaurante La Vitrola. Centro, calle Baloco no. 78 – 01. Se encontró que pusieron en la cubierta de la edificación una chimenea con sus ductos, por lo cual mediante resolución no. 044 del 20 de junio de 2008 se les ordenó presentar dentro de los dos meses siguientes la solicitud ante el Comité técnico de patrimonio.
Inmueble en Getsemaní, calle de la medialuna con calle de la sierpe esquina. Se realizaron demoliciones en el primer y segundo nivel a muros en mampostería de la época de la Colonia, que por su gran valor debieron ser respetados y conservados. Se ordenó la suspensión de la obra, pero incumplieron la orden de suspensión. Se estudia la sanción.
Getsemaní, Calle El Carretero no. 10 B - 34. Se estaban ejecutando obras sin licencia, entre las cuales estaba una piscina. Mediante Resolución 009 del 21 de mayo de 2008 se ordenó la suspensión de las obra y se llamó a descargos al ingeniero responsable. Se estudia la sanción.
Conjunto Residencial Santo Domingo, apartamento 417. Se realizaron obras sin autorización: una salida a la cubierta plana que se tapó con una garita. El comité técnico de patrimonio dio como concepto la demolición.
Hotel Bantú. San Diego, Calle de la Tablada no. 7 - 62. Mediante resolución 004 del 4 de abril de 2008 se sancionó con multa de 85 salarios mínimos y se ordenó la demolición de una construcción sobre la crujía principal del inmueble que no está permitido por la norma.
Edificio Ganem, Apartamento 701. Arq. El edificio tiene permiso para pintar la fachada y el apartamento tiene permiso para hacer un acondicionamiento interno. Sin embargo, modificaron los vanos de ventanas sin permiso, por lo que mediante resolución 042 del 13 de junio de 2008, se multó con 4 salarios mínimos legales a la propietaria del apartamento, se ordenaron visitas a todos los apartamentos del edificio que tengan similar situación, y se le concedió un término de 3 meses a la Copropiedad Edificio Ganem para presentar el proyecto de unificación de vanos para estudio del comité técnico de patrimonio del IPCC.
Calle Estanco del Aguardiente. Apartamento en el pasaje Lemaitre. Fue suspendida la obra y se selló porque la estaban ejecutando sin licencia.
Hotel Boutique San Pedro. San diego, calle san Pedro Mártir. Tiene resolución de demolición porque dejaron el techo con ángulo mayor a 45 grados que había sido el aprobado, para que dejara la cubierta de acuerdo con la tipología de la zona. Ya hicieron la demolición.
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